Bono social de electricidad

Bono social de electricidad

 

Con el fin de que las personas con dificultades para tramitar la solicitud del bono social, se les comunica que pueden ir al Ayuntamiento y le facilitaremos las gestiones.

Aquellas personas interesadas que pasen por el Ayuntamiento y lleven una factura de la luz y su DNI.

 

 

¿Qué es el Bono Social?

El Bono Social es un descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables.

Con la entrada en vigor en octubre de 2017 del Real Decreto 897/2017 cambian los requisitos para tener derecho al Bono Social.

¿Quién puede beneficiarse del nuevo Bono Social?

Para beneficiarte del Bono Social debes tener la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual.

Además, deberás cumplir los requisitos para ser considerado cliente vulnerable, cliente vulnerable severo o cliente vulnerable severo en riesgo de exclusión social.

¿Cuáles son los requisitos?

Clientes vulnerables

Se considera que son clientes vulnerables (descuento en factura del 25%) las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan alguno de estos requisitos.

Por nivel de renta anual, que sea inferior o igual a los siguientes límites establecidos según el IPREM (el índice de uso habitual para la concesión de ayudas y subsidios):

1,5 veces el IPREM*: si no forma parte de una unidad familiar o no hay menores a cargo
2 veces el IPREM*: si hay 1 menor en la unidad familiar.
2,5 veces el IPREM*: si hay 2 menores en la unidad familiar.
*IPREM anual 14 pagas válido para 2017: 7.519,59 euros

Todos estos umbrales se incrementarán en 0,5 veces el IPREM en los casos en que algún miembro de la familia tenga discapacidad mayor o igual al 33%, sea víctima de violencia de género o sea víctima de terrorismo.

Pensionistas: que el solicitante (o en caso de que haya unidad familiar, todos los miembros de la misma) perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente).

Familias numerosas: todas sin excepción.

Clientes vulnerables severos:

Se considera que son vulnerables severos (descuento en factura del 40%):

Por nivel de renta: quienes cumplan los requisitos para ser considerados clientes vulnerables y además tengan niveles de renta inferiores al 50% de los límites válidos para clientes vulnerables.
Pensionistas: que todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM.
Familias numerosas: con renta inferior a 2 veces el IPREM.

Clientes vulnerables severos en riesgo de exclusión social:

En esta categoría entran aquellos clientes vulnerables severos que están siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura.