Con el fin de que las personas con dificultades para tramitar la solicitud del bono social, se les comunica que pueden ir al Ayuntamiento y le facilitaremos las gestiones.
Aquellas personas interesadas que pasen por el Ayuntamiento y lleven una factura de la luz y su DNI.
¿Qué es el Bono Social?
El Bono Social es un descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables.
Con la entrada en vigor en octubre de 2017 del Real Decreto 897/2017 cambian los requisitos para tener derecho al Bono Social.
¿Quién puede beneficiarse del nuevo Bono Social?
Para beneficiarte del Bono Social debes tener la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual.
Además, deberás cumplir los requisitos para ser considerado cliente vulnerable, cliente vulnerable severo o cliente vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
¿Cuáles son los requisitos?
Clientes vulnerables
Se considera que son clientes vulnerables (descuento en factura del 25%) las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan alguno de estos requisitos.
Por nivel de renta anual, que sea inferior o igual a los siguientes límites establecidos según el IPREM (el índice de uso habitual para la concesión de ayudas y subsidios):
1,5 veces el IPREM*: si no forma parte de una unidad familiar o no hay menores a cargo
2 veces el IPREM*: si hay 1 menor en la unidad familiar.
2,5 veces el IPREM*: si hay 2 menores en la unidad familiar.
*IPREM anual 14 pagas válido para 2017: 7.519,59 euros
Todos estos umbrales se incrementarán en 0,5 veces el IPREM en los casos en que algún miembro de la familia tenga discapacidad mayor o igual al 33%, sea víctima de violencia de género o sea víctima de terrorismo.
Pensionistas: que el solicitante (o en caso de que haya unidad familiar, todos los miembros de la misma) perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente).
Familias numerosas: todas sin excepción.
Clientes vulnerables severos:
Se considera que son vulnerables severos (descuento en factura del 40%):
Por nivel de renta: quienes cumplan los requisitos para ser considerados clientes vulnerables y además tengan niveles de renta inferiores al 50% de los límites válidos para clientes vulnerables.
Pensionistas: que todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM.
Familias numerosas: con renta inferior a 2 veces el IPREM.
Clientes vulnerables severos en riesgo de exclusión social:
En esta categoría entran aquellos clientes vulnerables severos que están siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura.